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Los haberes de enero deben liquidarse con el 7% de aumento y los 3 mil pesos de suma fija.

30/01/2020

Días pasados comentábamos en nuestro blog que con los sueldos del mes de enero y febrero deben liquidarse los incrementos del 7% por enero y 7% en febrero correspondiente a ajustes por mayor inflación de la paritaria de 2019; monto al que hay que adicionar las sumas fijas de $3000 y $1000 que también deben abonarse en enero y febrero respectivamente, que fueron establecidos por Decreto N° 14/2020

Representantes de la cámara que nuclea a los empresarios de estaciones de servicios  habían anunciado que pagarían solo los ajustes del año pasado y no así la suma fija; pero desde el Ministerio de Trabajo trascendió que no avaló el reclamo de los estacioneros para ser excluidos de pagar el bono solidario. De tal forma que nuestros trabajadores estacioneros deberán cobrar la primera cuota del bono junto con un ajuste salarial correspondiente a la paritaria 2019 con los haberes de enero y posteriormente con los haberes de febrero.

Desde la conducción del SOESGyPE MISIONES ratificamos que ante las versiones de parte de la cámara que nuclea a los propietarios de estaciones de servicios, vamos a exigir el cumplimiento de todos los acuerdos salariales homologados y vigentes; lo que incluye la liquidación de los aumentos correspondientes a ajustes por mayor inflación del año 2019; que deben liquidarse 7% en enero y 7% en febrero. Además de la suma fija (que se abonará en dos tramos). Dicha suma no es un regalo. Es un “incremento salarial mínimo y uniforme” (como pago a cuenta para la discusión en paritarias) del año en curso, según lo establece el Decreto 14/2020 del Poder Ejecutivo Nacional.

Los haberes de enero deben liquidarse con el 7% de aumento y los 3 mil pesos de suma fija.
Esta es la escala de salarios vigente para el mes de enero de 2020 con el agregado de la suma fija o bono solidario

En el mismo sentido se reitera que el decreto establece que el incremento solidario deberá ser absorbido por las futuras negociaciones paritarias. Por consiguiente, el mismo continuará abonándose hasta que se negocien los futuros incrementos para nuestro sector; recordando que cabe iniciar las negociaciones por la aplicación en nuestra jurisdicción del mejor Convenio Colectivo de Trabajo vigente, y ese es el N° 488/07 en reemplazo del ya perimido 521/07. El mejor convenio vigente el “488/07” que incluye mejoras sustanciales en distintos rubros que hacen a mejores salarios y mejores condiciones laborales; y también vamos a dar la discusión necesaria para su pronta aplicación en Misiones.

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